Cambios en la DIOT para 2025

Cambios en la DIOT 2025 impacta a los contadores

El inicio de un nuevo año fiscal siempre trae consigo ajustes y actualizaciones en nuestras obligaciones fiscales. Para 2025, uno de los cambios más significativos impacta la DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros), un reporte fundamental para muchos contribuyentes en México. Si eres persona física o moral con la obligación de presentar la DIOT, es crucial que estés al tanto de estas novedades para asegurar el cumplimiento adecuado y evitar contratiempos.

En esta entrada de blog desglosaremos los aspectos más importantes de la DIOT y te guiaremos a través de los cambios que entran en vigor para 2025, basándose en la información proporcionada por la autoridad fiscal.

¿Qué es la DIOT y quién está obligado a presentarla?

La DIOT, cuyo nombre completo es Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, es un reporte que ciertos contribuyentes presentan ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Su propósito principal es informar sobre las operaciones que han realizado con sus proveedores, detallando el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que les ha sido trasladado y pagado.

Están obligados a presentar la DIOT aquellas personas físicas o morales que tengan esta obligación fiscal y que, además, excedan los 4 millones de pesos de ingresos en el año. Si cumples con ambos requisitos, la presentación de la DIOT es un paso indispensable en tu calendario fiscal.

¿Cuándo se Presenta la DIOT?

La ley establece que la DIOT debe presentarse a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en que se realizaron las operaciones con los proveedores. Por ejemplo, si tuviste operaciones con terceros en enero, la fecha límite original sería el 17 de febrero.

Sin embargo, una facilidad administrativa incluida en la Miscelánea Fiscal para 2025 indica que los contribuyentes pueden realizar la presentación durante todo el mes inmediato posterior a aquel al que corresponda la información. Esto significa que, para las operaciones de enero, tendrías hasta el último día de febrero para presentar tu declaración. Esta flexibilidad permite a los contribuyentes tener más tiempo para preparar y enviar su información correctamente.

El Gran Salto: Cambios en la DIOT

La DIOT no es un requerimiento nuevo, ha existido por años. El cambio más notable se centra en la plataforma y la cantidad de información que el SAT requiere.

  1. Nuevo Portal del SAT: A partir del 3 de febrero, la presentación de la DIOT se realiza a través de un nuevo portal en la plataforma del SAT. Este nuevo portal se utilizará tanto para las declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal 2025 como para aquellas declaraciones extemporáneas de 2024 y años anteriores.
  2. Incremento Significativo en la Información Requerida: Quizás el cambio con mayor impacto operativo es la ampliación en la cantidad de datos a reportar. Anteriormente, el archivo que se generaba para la DIOT contenía 24 campos. Con la actualización para 2025, el SAT ahora solicita información más precisa, expandiendo los campos requeridos a un total de 54.

Respecto a la carga de datos

  1. Simplificación en la Carga de Archivos: El proceso de carga también ha sido actualizado. Previamente, se generaba un archivo .txt que debía cargarse en una aplicación llamada DEM, la cual a su vez generaba un archivo .dec para subirlo a la plataforma del SAT. Además, si un contribuyente tenía más de 40,000 registros de operaciones con proveedores, debía presentar su declaración de forma física en una oficina del SAT. Con la nueva forma de presentar la DIOT, la plataforma permite tanto la carga manual como la carga de archivos .txt, y lo más importante, no hay límite en el número de registros que se pueden cargar. Esto facilita enormemente la presentación para empresas con un alto volumen de operaciones.
  2. Clasificación Detallada del IVA Acreditable: El foco principal del aumento de campos recae en la necesidad de clasificar la información del IVA acreditable con un nivel de detalle sin precedentes. Esto aplica específicamente a las operaciones relacionadas con tus egresos y proveedores. Ya no basta con reportar el IVA acreditable general; ahora deberás especificar:
    • La proporción del IVA que es gravada o exenta.
    • Cuánto de ese IVA es acreditable en su totalidad o solo una parte.
    • La zona geográfica donde se llevaron a cabo las operaciones con ese proveedor (región fronteriza Norte, región fronteriza Sur, o resto del país).
    • Otros movimientos específicos del IVA, como el IVA exento, tasa cero, o actividades que no son objeto de impuesto.

Esta granularidad en la clasificación es fundamental y es el corazón de los nuevos 54 campos.

Cambios en la DIOT 2025 impacta a los contadores
Cambios en la DIOT 2025 impacta a los contadores

Descodificando la Nueva Estructura con los cambios en la DIOT  2025 (5 Secciones Clave)

La clasificación de la información que solicita la autoridad fiscal en la nueva DIOT se divide en cinco secciones principales:

 

  1. Datos del Tercero: Esta sección se enfoca en identificar a tu proveedor. Incluye información como:
    • El tipo de tercero: proveedor nacional, proveedor extranjero, o proveedor global
    • El tipo de operación realizada con él, su RFC
    • Si el proveedor es extranjero, datos como su número de identificación fiscal, nombre, país y lugar de jurisdicción fiscal.

                Esta sección comprende 7 campos.

  1. Valor de Actos o Actividades: Aquí se reportan las bases de las operaciones realizadas con tus proveedores.
    • Por ejemplo, si recibiste una factura de $10,000 más IVA del 16%, la base a reportar aquí serían los $10,000. Estos actos o actividades se clasifican según si fueron pagados o si corresponden a devoluciones o descuentos. Además, se requiere especificar la ubicación donde se realizó la operación: región fronteriza Norte, región fronteriza Sur, resto del país, importaciones tangibles, o importaciones intangibles.
    • Es importante notar que las zonas fronterizas y las importaciones están vinculadas a operaciones que pudieran aplicar el estímulo del IVA al 8%, mientras que el resto del país aplica para el IVA general del 16%. Esta sección puede generar hasta 10 combinaciones de campos.

Respecto al IVA

  1. IVA Acreditable: En esta sección se detalla el IVA que te acreditas. Debes indicar si el IVA de la operación grava al 100% o si se aplica una proporción (es decir, solo una parte es acreditable).
    • Al igual que en la sección anterior, se requiere clasificar este IVA acreditable según la ubicación de la operación (Norte, Sur, Resto del País, importaciones tangibles/intangibles). Esto también puede resultar en hasta 10 campos para detallar el IVA acreditable según estas combinaciones.
  2. IVA No Acreditable: Si en una operación no te acreditas el 100% del IVA (porque aplicó una proporción o por otra razón), la parte no acreditable se reporta aquí. Es crucial especificar la causa por la cual el IVA no es acreditable. Las causas posibles incluyen:
    • Aplica una proporción (cuando solo una parte del IVA era acreditable).
    • No cumple con requisitos fiscales (por ejemplo, no se pagó con un medio deducible, o la compra corresponde a un bien con deducibilidad limitada).
    • Está asociado a actividades exentas u objeto o no objeto de impuesto. Esta sección es la más detallada, ya que combina las causas con las ubicaciones (Norte, Sur, Resto del País, importaciones tangibles/intangibles), pudiendo generar hasta 20 campos para informar el IVA no acreditable.

Respecto a otros Datos

  1. Datos Adicionales: La quinta y última sección agrupa otros datos relevantes. Incluye campos para reportar el IVA retenido (que aritméticamente afecta tu IVA acreditable), así como operaciones como importaciones exentas, actos nacionales exentos (tasa exenta), actos o actividades a la tasa del 0%, y actividades que no sean objeto de impuesto (tanto en territorio nacional como importaciones).
    • Finalmente, se incluye un campo de manifiesto donde el contribuyente declara que los comprobantes fiscales (CFDIs) amparan las operaciones y que se les ha dado efecto fiscal, sustentando así la declaración. Esta sección suma 7 campos adicionales.

Sumando los campos de estas cinco secciones (7 + 10 + 10 + 20 + 7), obtenemos el total de 54 campos que ahora requiere la nueva DIOT.

Aquí puedes encontrar el instructivo de llenado de tu DIOT

La Importancia de una Clasificación Precisa del IVA

El aumento de 24 a 54 campos en la DIOT exige una clasificación más precisa del IVA en los registros contables. Esta información proviene principalmente de los CFDIs de gastos y compras. Con Acumatica, puedes automatizar la captura de cuentas por pagar y asegurar el correcto desglose del IVA acreditable.

Es clave identificar y registrar correctamente factores como la tasa de IVA (16%, 8%, 0%, exento), tipo de operación (compra, devolución, importación), ubicación, proporción acreditable y motivo de no acreditamiento. Si no hay CFDI (ej. proveedores extranjeros), se debe capturar manualmente.

Una clasificación adecuada desde el registro contable garantiza que el archivo de la DIOT ubique automáticamente cada dato en los 54 campos requeridos.

Proceso Simplificado para la Generación del Archivo

A pesar de la complejidad de la clasificación interna, el objetivo final es facilitar la generación del archivo que se cargará en el nuevo portal del SAT. Una vez que las operaciones han sido debidamente registradas y su IVA clasificado, los sistemas contables actualizados permitirán generar el archivo .txt con los 54 campos completos.

Es recomendable utilizar reportes de desglose de impuestos que te permitan visualizar la información clasificada antes de generar el archivo final. Estos reportes pueden servir como una herramienta de validación para asegurar que cada movimiento de IVA acreditable ha sido asignado al concepto, subconcepto y causa de no acreditamiento correctos, y a la ubicación geográfica correspondiente. Corregir cualquier error de clasificación en esta etapa es crucial para garantizar que la declaración presentada ante el SAT sea precisa y consistente con tus registros.

Consideraciones Finales

La nueva DIOT 2025 exige una mayor precisión al reportar operaciones con proveedores, con 54 campos para clasificar el IVA. Es clave alinear tus procesos contables a estos cambios desde ahora.

Trabaja con tu contador y asegúrate de que tus herramientas contables estén listas. Con los paquetes de ClandBus, podrás cumplir con esta obligación de forma eficiente y segura.

No esperes al último momento: revisa tus procesos, actualiza datos de proveedores y conoce las nuevas categorías del IVA para asegurar una presentación correcta de la DIOT 2025.

Ejemplo de la solución ClandBus con los Cambios en la Diot 2025
Ejemplo de la solución ClandBus con los Cambios en la Diot 2025

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